Horas laborales en Internet: ¿derecho o "delito"?


Una noticia para pensar es la que publicó el periódico 20 Minutos el pasado 20 de enero: "Algunos directivos 'espían' el uso que sus empleados hacen de Internet". Y pensarla en muchos sentidos...

1. Violación de la intimidad. Es lo primero que se alega en este tipo de situaciones. Se dice que el jefe o la empresa no tienen autoridad legal para controlar el uso que sus empleados hacen de Internet, basándonos en la defensa de la libertad individual, del respeto a la privacidad, entre otros derechos.

2. Abuso de poder. La utilización de la tecnología para controlar a cada minuto el trabajo de los empleados es un abuso por parte de la empresa, ya que está en una situación de ventaja al tener acceso a la información que circula por sus redes o a través de sus servidores.

3. Todo el mundo lo hace. Típica frase que todos hemos utilizado alguna vez para excusarnos. Las madres tienen dos respuestas: "Mal de muchos, consuelo de tontos" o "Si todos tus amigos se tiran desde un precipicio, ¿también lo harías?".

4. Es que no tengo Internet en casa. Otra de las excusas más típicas. La respuesta es clara: ¿Y a mí qué xxxx me importa? ¿Por eso tienes que perder horas laborables en revisar tu correo electrónico, jugar solitario, ver pornografía -los hay a paladas-, conectarte a Facebook o descargar películas?

No vamos a buscar más opciones, porque sería tarea sin final. Lo curioso es que nadie o casi nadie se plantea su propia equivocación. En el trabajo se trabaja, así lo establecen todos los contratos. Que yo sepa en ninguno se acuerda que de las 40 horas semanales (o 35, 30, o las que sean), el empleado tiene derecho a dedicar al menos 5 (según las estadísticas es lo que se dedica a navegar por Internet en horas de trabajo a la semana) a sus asuntos personales on-line.

Ahí lo primero. Violación de contrato. Segundo, que se está considerando derecho algo que no lo es. De la misma forma yo podría ducharme en el trabajo porque no tengo agua caliente en casa o preparar una barbacoa porque no tengo sitio en mi departamento para hacerlo. O cortarme las uñas de los pies en la zona de comida porque no me da tiempo a hacerlo por las mañanas. O aprender a tocar batería a las 16:00, ya que mi horario no me lo permite. Es exactamente lo mismo.

No equivoquemos el rumbo. Lo que las empresas hacen (que también generalmente viene establecido en el contrato o en los estatutos internos de la empresa), sobre todo, ahora que reconocen realizar despidos basándose en este tipo de "espionaje", es totalmente reprochable. Pero tomarse atribuciones de este tipo también está mal. Y no pensemos que es algo aislado, porque sólo basta con mirar Facebook o Twitter en las horas de trabajo y ver que está en plena actividad. De vez en cuando hay que hacer un "mea culpa" y pensar un poco, que no vale exigir derechos cuando no se cumplen los mínimos deberes.

¡Ah! Las compras de vacaciones, regalos, descargas de música, los cafés, las llamadas personales y las escapadas a El Corte Inglés, tampoco están consideradas como parte de las horas de trabajo. Es cosa de comenzar a contar y descontar para conocer la propia productividad y asumir las consecuencias.

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